Gobierno del Estado de Durango

Suspensión Provisional

Costo $0.0*Aplican restricciones

Área Responsable: Dirección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio

Dirección: Calle 5 de Febrero 218 Ote. Zona Centro, Edificio B Planta Baja, CP 34000, Durango, Dgo,

Horario: Lun - Vie 8:00 -15:00 hrs

Teléfono: 6181379617

Email: Página: registropublico.durango.gob.mx

Descripción del trámite o servicio: La Suspensión Provisional se refiere a una medida cautelar que se adopta en el contexto de un proceso legal y se refleja en el Registro Público de la Propiedad. Esta medida tiene como objetivo detener temporalmente la realización de ciertos actos o transacciones relacionados con un bien inmueble o mueble mientras se resuelve un asunto legal en curso que involucra ese bien.

Forma de solicitar el trámite o servicio: 1. Entregar solicitud en ventanilla con documentación anexa (De ser el caso) Ya que en los juicios de amparo en los cuales la autoridad señalada como responsable es la propia Dirección del Registro Público de la Propiedad y el Comercio, se recibe mediante notificación directa a través del área jurídica, la orden para llevar a cabo la anotación de suspensión provisional. 2. Recibirá un comprobante indicando la fecha para recoger el documento en ventanilla de entrega 3. Recoger el documento en la fecha indicada

Requisitos

• Solicitud u oficio de Suspensión Provisional (orden de carácter judicial)
• Nombre completo de quien se requiera la información para ver que inmuebles tiene e ingresar en recepción de documentos.
• Datos de inscripción del inmueble y/o folio real con nombre completo

Proceso

Instrucciones para realizar este trámite

1. Pagar los derechos correspondientes en Centros Multipago o Recaudación de Rentas (En caso que corresponda)
2. Entregar solicitud en ventanilla con documentación anexa
3. Recibirá un comprobante indicando la fecha para recoger el documento en ventanilla de entrega
4. Recoger el documento en la fecha indicada

Resolución

Vigencia

Hasta en tanto se resuelva sobre la suspensión definitiva o así mismo conforme al artículo 136 de la Ley de Amparo: Los efectos de la suspensión dejarán de surtirse, en su caso, si dentro del plazo de cinco días siguientes al en que surta efectos la notificación del acuerdo de suspensión, el quejoso no otorga la garantía fijada y así lo determina el órgano jurisdiccional. Al vencimiento del plazo, dicho órgano, de oficio o a instancia de parte, lo notificará a las autoridades responsables, las que podrán ejecutar el acto reclamado. No obstante lo anterior, mientras no se ejecute, el quejoso podrá exhibir la garantía, con lo cual, de inmediato, vuelve a surtir efectos la medida suspensional.

Resolución

Solo puede ser decretada por una orden de carácter judicial.

Plazo

De carácter inmediato

Observaciones

El pago se realiza en Centros Multipago o Recaudación de Rentas de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Durango

Aviso de Privacidad Simplificado
Los datos personales que serán sometidos a tratamiento, identificando aquéllos que son sensibles
Que los datos personales que recabamos de usted se incorporaran a un sistema de base de datos personales. Se utilizarán para las finalidades que son necesarias para el servicio que solicita, observando los principios de calidad, consentimiento, finalidad, licitud, proporcionalidad y responsabilidad. Los datos personales que serán sometidos a tratamiento son: datos identificativos, datos electrónicos, datos laborales, datos patrimoniales, datos sobre procedimientos administrativos y/o jurisdiccionales, datos académicos, datos especialmente protegidos y datos personales de naturaleza pública.
De ninguna manera el titular de los datos personales está obligado a proporcionar datos sensibles que se refieran a la esfera más íntima de su vida, se consideran sensibles los datos personales que puedan revelar aspectos como origen racial o étnico, estado de salud, información genética, creencias religiosas, filosóficas y morales, opiniones políticas y preferencia sexual.

El fundamento legal que faculta al responsable para llevar a cabo el tratamiento
La Secretaría de General de Gobierno recopilara datos personales de forma obligatoria en el ejercicio de sus atribuciones y de conformidad a lo señalado en los artículos 13 y 14 de la Ley de Protección de Datos

¿Dónde puedo realizar este trámite?

Trámite o servicio para realizar en línea: null

Modalidad: Presencial

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